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LEGITIMACIÓN DE LA AUTORIDAD RESPONSABLE PARA INTERPONER EL RECURSO DE REVISIÓN. NO ES NECESARIO QUE EN EL OCURSO RESPECTIVO EL FUNCIONARIO PÚBLICO QUE PROMUEVE EN REPRESENTACIÓN DE LA UNIDAD DE INTELIGENCIA FINANCIERA DE LA SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO ASIENTE SU NOMBRE Y APELLIDOS.

Clave: (IV Región)1o.11 K (10a.) · Registro digital (IUS): 2022165 · Tipo: Tesis aislada
Época: 10a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 10a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 79, Octubre de 2020; Tomo III; Pág. 1833

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 9o. de la Ley de Amparo y tomando en cuenta lo determinado por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la jurisprudencia 1a./J. 70/2018 (10a.), de título y subtítulo: "JUICIO DE AMPARO. LA AUTORIDAD RECURRENTE NO TIENE LA OBLIGACIÓN DE ACREDITAR SU NOMBRAMIENTO PARA COMPARECER.", basta que el funcionario público que comparece al juicio de amparo a interponer el recurso de revisión en representación de la Unidad de Inteligencia Financiera dependiente de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, tenga encomendada tal facultad en términos de lo dispuesto en el reglamento interior de dicha dependencia y plasme su firma en el documento respectivo para que demuestre estar legitimado para ello; sin que sea necesario que acredite su cargo con el nombramiento correspondiente, ni que precise su nombre y apellidos en el escrito de interposición, dada la naturaleza confidencial y sensible de sus funciones, pues a dicha unidad concierne detectar y prevenir el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita, comúnmente conocido como "lavado de dinero", así como el financiamiento al terrorismo.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO DEL CENTRO AUXILIAR DE LA CUARTA REGIÓN.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/2022165-60a8bdad/legitimacion-de-la-autoridad-responsable-para-interponer-el · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 608/2019 (cuaderno auxiliar 364/2020) del índice del Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Cuarto Circuito, con apoyo del Primer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Cuarta Región, con residencia en Xalapa, Veracruz. Directora General Adjunta de la Dirección General de Procesos Legales de la Unidad de Inteligencia Financiera de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. 15 de julio de 2020. Unanimidad de votos. Ponente: Luis Vega Ramírez. Secretaria: Lucero Edith Fernández Beltrani. Nota: La tesis de jurisprudencia 1a./J. 70/2018 (10a.) citada, aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación del viernes 7 de diciembre de 2018 a las 10:19 horas y en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 61, Tomo I, diciembre de 2018, página 227, con número de registro digital: 2018703.

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