Corpus
Modo: Corpus Pro

MULTA PREVISTA EN EL ARTÍCULO 256 DE LA LEY DE AMPARO. SI SE ACTUALIZA EL SUPUESTO DEL ARTÍCULO 145 DE LA PROPIA LEY Y SE DECLARA SIN MATERIA EL RECURSO DE REVISIÓN INTERPUESTO EN EL INCIDENTE DE SUSPENSIÓN –POR EXISTIR SENTENCIA EJECUTORIA EN EL JUICIO DEL QUE ÉSTE EMANA–, ELLO NO IMPIDE SU IMPOSICIÓN.

Clave: II.4o.P.3 K (10a.) · Registro digital (IUS): 2023149 · Tipo: Tesis aislada
Época: 11a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 11a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 1, Mayo de 2021; Tomo III; Pág. 2507

La circunstancia de que se haya declarado sin materia el recurso de revisión interpuesto en el incidente de suspensión al existir sentencia ejecutoria en el juicio de amparo principal del que éste emana, no es obstáculo para imponer la multa prevista en el artículo 256 de la Ley de Amparo, pues basta que en el caso se actualice el supuesto señalado en el artículo 145 de la misma ley, es decir, que se acredite que ya se resolvió sobre la suspensión en otro juicio de amparo promovido con anterioridad por el mismo quejoso, contra el mismo acto reclamado y contra las propias autoridades, de tal forma que la segunda o ulterior solicitud de suspensión presupone un uso indebido y con mala fe de la medida suspensional. Esto es así, pues los preceptos citados tienen como finalidad desincentivar que los quejosos o sus autorizados de manera dolosa promuevan diversos juicios de amparo contra el mismo acto y autoridades, con el propósito de obtener la medida cautelar en los que, incluso, ya existe cosa juzgada, en virtud de que esa conducta genera la presunción de que los promoventes pretenden retrasar injustificadamente la ejecución del acto reclamado o evitar sus efectos, con lo cual, además, se entorpece el mandato legítimo de las autoridades responsables, al no poder ejecutar un acto que ya fue materia de suspensión en un juicio constitucional previo.

CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL SEGUNDO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/2023149-7787bf85/multa-prevista-en-el-articulo-256-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Incidente de suspensión (revisión) 278/2019. 30 de enero de 2020. Unanimidad de votos. Ponente: Mauricio Torres Martínez. Secretario: Alejandro Vilchis Robles.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.