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JUICIO DE AMPARO INDIRECTO PROMOVIDO CONTRA UNA ORDEN VERBAL. AL SER EL ACTO RECLAMADO INCONSTITUCIONAL EN SÍ MISMO, CUANDO LA AUTORIDAD RESPONSABLE AL RENDIR SU INFORME JUSTIFICADO COMPLEMENTA SU FUNDAMENTACIÓN Y MOTIVACIÓN, DEBE CONSIDERARSE QUE EMITE UNO NUEVO, POR LO QUE DEBE NOTIFICARSE PERSONALMENTE AL QUEJOSO EN TÉRMINOS DEL ÚLTIMO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 117 DE LA LEY DE AMPARO, PARA QUE ESTÉ EN POSIBILIDAD DE AMPLIAR SU DEMANDA.

Clave: (IV Región)1o.5 A (11a.) · Registro digital (IUS): 2024077 · Tipo: Tesis aislada
Época: 11a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 11a. Época; T.C.C.; Gaceta S.J.F.; Libro 9, Enero de 2022; Tomo IV; Pág. 3007

De los artículos 117 y 124 de la Ley de Amparo se advierte que en el juicio de amparo indirecto, tratándose de actos materialmente administrativos a los que se atribuya la ausencia o insuficiencia de fundamentación y motivación, al rendir su informe justificado la autoridad responsable deberá complementar esos aspectos. Ahora bien, en el caso de que el acto reclamado sea una orden verbal, al ser inconstitucional en sí misma, debe considerarse que cuando la autoridad responsable rinde su informe en el sentido indicado, emite un nuevo acto, porque no puede convalidarse uno de dicha naturaleza. En ese sentido, aunque la Ley de Amparo no lo prevea, el Juez de Distrito debe notificar personalmente al quejoso el informe justificado en términos del último párrafo del artículo 117 citado a fin de que se encuentre en aptitud de ampliar su demanda. De no hacerlo, se violarían las formalidades esenciales del procedimiento que trascienden al resultado del fallo y obligan a reponerlo para subsanar la omisión.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO DEL CENTRO AUXILIAR DE LA CUARTA REGIÓN, CON RESIDENCIA EN XALAPA, VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/2024077-9286117f/juicio-de-amparo-indirecto-promovido-contra-una-orden · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 31/2021 (cuaderno auxiliar 253/2021) del índice del Tribunal Colegiado del Trigésimo Primer Circuito, con apoyo del Primer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Cuarta Región, con residencia en Xalapa, Veracruz de Ignacio de la Llave. 16 de junio de 2021. Unanimidad de votos. Ponente: Luis Vega Ramírez. Secretaria: Olivia Yamile Martínez Montañez.

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