AMPARO, AMPLIACION DE LOS TERMINOS EN EL JUICIO DE, POR RAZON DE LA DISTANCIA.
Para que lógica y jurídicamente puedan ampliarse los términos previstos por la Ley de Amparo, en el trámite del juicio constitucional, por razones de distancia, no basta, que alguna de las partes resida fuera del lugar donde se ubica el juzgado o tribunal que esté conociendo, sino además, es indispensable, que entre la población de residencia del interesado y aquél, exista, efectivamente, dificultad en las comunicaciones; sólo así, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 24, fracción IV, de la ley reglamentaria del juicio de garantías, podrían ampliarse, un día por cada cuarenta kilómetros de distancia, puesto que, teniendo en consideración, que el juicio de amparo es un proceso concentrado, sui generis, que por su fin, eminentemente protector de los derechos fundamentales del gobernado, debe resolverse de manera expedita y con prontitud, con el objeto de reparar las violaciones que hubiese cometido la autoridad responsable con la emisión del acto reclamado, sus plazos y términos sólo pueden ampliarse, cuando expresamente lo permita un precepto legal. En la especie, aun cuando por la distancia le está permitido al Juez de amparo ampliarlos; es claro, que el supuesto por el que se autoriza, no puede aplicarse invariablemente en todos los casos, sino que, para ampliarse los términos en el juicio de amparo, más que atender a la distancia, debe considerarse la facilidad o dificultad en las comunicaciones entre el lugar donde reside el interesado y el del tribunal o juzgado, donde se ventile el juicio, por lo que, si entre éstos, existen medios terrestres de transporte, que permitan trasladarse fácilmente y de manera rápida y eficaz al lugar de residencia del tribunal de que se trate, de ninguna manera se justifica la ampliación aludida, sin que ello importe violación alguna a las formalidades esenciales del procedimiento de garantías, que dé lugar a su reposición, conforme a lo dispuesto por el artículo 91, fracción IV, de la Ley de Amparo.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGESIMO PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/202579-ba0f7cf7/amparo-ampliacion-de-los-terminos-en-el-juicio · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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