JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL. PROCEDE CONTRA EL ACUERDO DE CONCLUSIÓN DEL SERVICIO CELEBRADO ENTRE UNA PERSONA SERVIDORA PÚBLICA Y LA GUARDIA NACIONAL.
Hechos: En el juicio contencioso administrativo federal se impugnó el acuerdo de conclusión del servicio celebrado entre la Guardia Nacional y un servidor público adscrito a la extinta Policía Federal, quien solicitó su compensación o indemnización voluntaria, al no tener la intención de pertenecer a aquella corporación, por lo que recibió una compensación por un monto que, adujo, es menor al que le correspondía. Se sobreseyó bajo el argumento de que no es un acto administrativo definitivo en el cual unilateralmente se hubiese decretado la terminación de sus actividades en la institución, sino un acuerdo de voluntades entre las partes.
Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que el acuerdo de conclusión del servicio celebrado entre la Guardia Nacional y una persona servidora pública es una resolución administrativa definitiva contra la que procede el juicio contencioso administrativo federal.
Justificación: Conforme a la tesis de jurisprudencia 2a./J. 8/2013 (10a.), de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la relación entre los miembros de las instituciones policiales y el Estado es de naturaleza administrativa; por ello, el acuerdo referido debe considerarse como una resolución definitiva, en términos de los artículos 2o. de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo y 3 de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, para la procedencia del juicio contencioso administrativo federal en su contra, pues expresa la última voluntad de la autoridad, lo cual implica el análisis de las condiciones del pago realizado al respecto, al ser una consecuencia inmediata de aquélla; máxime que en los convenios de liquidación no puede existir una renuncia de las prerrogativas a los derechos de la persona servidora pública.
VIGÉSIMO PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/2029076-acf76bce/juicio-contencioso-administrativo-federal-procede-contra-el-acuerdo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- INTEGRANTES DE LA GUARDIA NACIONAL. SU RENUNCIA VOLUNTARIA Y EL ACUERDO DE CONCLUSIÓN DE SERVICIO SON RESOLUCIONES DEFINITIVAS IMPUGNABLES EN EL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO F (III.1o.A. J/11 A (11a.))
- ACUERDO DE CONCLUSIÓN DE SERVICIO CELEBRADO POR LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD Y PROTECCIÓN CIUDADANA CON UNO DE SUS ELEMENTOS. NO ES VEROSÍMIL QUE SE TRATE DE UN ACTO LIBRE Y VOLUNTAR (I.11o.A.43 A (11a.))
- JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL. PROCEDE CONTRA LA RESOLUCIÓN DICTADA POR EL CONSEJO DE PROFESIONALIZACIÓN DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA EN EL PROCEDIMIENTO (I.8o.A.59 A (10a.))
- MIEMBRO DE LA POLICÍA FEDERAL. EL OFICIO DE CONCLUSIÓN DEL CARGO ADMINISTRATIVO O DE DIRECCIÓN DESEMPEÑADO POR AQUÉL TIENE EL CARÁCTER DE RESOLUCIÓN DEFINITIVA PARA EFECTOS DEL JUI (I.1o.A.146 A (10a.))
- JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL. PROCEDE EN CONTRA DE LOS ACTOS RELACIONADOS CON LA CONCLUSIÓN DEL SERVICIO EMITIDOS POR AUTORIDADES DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLIC (I.18o.A.2 A (11a.))
- SEPARACIÓN DEL CARGO DE LOS ELEMENTOS DE LA EXTINTA POLICÍA FEDERAL DECRETADA FUERA DE PROCEDIMIENTO. PUEDE IMPUGNARSE EN EL JUICIO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL A PARTIR DE Q (I.4o.A.209 A (10a.))
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis