AUTORIDAD RESPONSABLE PARA EFECTOS DEL JUICIO DE AMPARO. NO TIENE ESE CARÁCTER LA PERSONA TITULAR DE ALGUNA DELEGACIÓN DEL INSTITUTO FEDERAL DE DEFENSORÍA PÚBLICA (IFDP).
Hechos: Una persona promovió amparo indirecto y señaló como autoridad responsable a la delegada del Instituto Federal de Defensoría Pública (IFDP) en el Estado de Oaxaca. El Juzgado de Distrito desechó de plano la demanda al considerar actualizada de manera manifiesta e indudable la causal de improcedencia prevista en el artículo 61, fracción XXIII, en relación con el diverso 5o., fracción II, de la Ley de Amparo. Estimó que dicha persona no tiene las características propias de una autoridad para efectos del amparo. La quejosa interpuso recurso de queja.
Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que la persona titular de alguna Delegación del IFDP no tiene el carácter de autoridad para efectos del juicio de amparo.
Justificación: Los actos que emiten las personas titulares de las delegaciones del IFDP no están dotados de unilateralidad, imperatividad y coercibilidad. Del artículo 18 de las Bases Generales de Organización y Funcionamiento del Instituto Federal de Defensoría Pública se advierte que la toma de sus decisiones está supeditada a lo que determine la Dirección General o sus unidades adscritas, por lo que requieren de su autorización para ejecutar sus actos. Además, dichas personas titulares de las Delegaciones no se encuentran exentas de acudir ante los tribunales ordinarios para que coactivamente se impongan las consecuencias jurídicas de los actos que emiten en el ejercicio de sus atribuciones. Si bien tienen a cargo funciones relacionadas con la prestación de los servicios de defensoría pública en asuntos del fuero federal, las cuales se encuentran establecidas legalmente y no requieren de la voluntad del afectado para su realización, lo cierto es que dichas atribuciones las efectúan dentro del marco legal que les impone la Dirección General.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS PENAL Y DE TRABAJO DEL DÉCIMO TERCER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/2030447-43f4d99c/autoridad-responsable-para-efectos-del-juicio-de-amparo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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- AUTORIDAD PARA EFECTOS DE LA PROCEDENCIA DEL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO. NO TIENEN ESE CARÁCTER EL DELEGADO NI EL JEFE DE DEPARTAMENTO DEL INSTITUTO FEDERAL DE DEFENSORÍA PÚBLICA ( (XXIV.2o.6 L (10a.))
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