CONTRATO DE TRANSPORTE MULTIMODAL INTERNACIONAL. EL PORTEADOR U OPERADOR ES RESPONSABLE DE LA PÉRDIDA O AVERÍA DE LAS MERCANCÍAS OBJETO DEL TRASLADO, AUN CUANDO SEA CAUSADA POR TERCEROS SUBCONTRATADOS.
Hechos: Una empresa, en calidad de cargador, celebró un contrato de transporte multimodal internacional con otra en carácter de transportista u operador de transporte multimodal, por el que ésta se obligó a transportar mercancía desde China hasta su entrega en México, para lo cual subcontrató su transporte marítimo y terrestre con otras compañías, pero la mercancía no fue entregada en la fecha acordada y fue robada en territorio nacional, por lo que la empresa cargadora demandó la responsabilidad por el incumplimiento de contrato. El Juez que conoció del asunto absolvió a la transportista de esa pretensión.
Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que derivado del contrato de transporte multimodal internacional, el porteador u operador es responsable de la pérdida o avería de las mercancías objeto del traslado, aun cuando sea causada por terceros subcontratados.
Justificación: De acuerdo con el Convenio de las Naciones Unidas para el Transporte Multimodal Internacional de Mercancías, el Reglamento para el Transporte Multimodal Internacional y el derecho comparado, el porteador u operador de transporte multimodal es responsable de la mercancía transportada desde el momento en que la toma bajo su custodia hasta el momento en que la entrega y es responsable frente al cargador o usuario de los perjuicios que sean resultado de la pérdida o daño de las mercancías, así como por el retraso en la entrega, ya que tiene el deber de custodia de las mercancías que serán objeto del traslado, con independencia de la modalidad del transporte y de que sea o no ejecutado por el propio operador o por los terceros que subcontrate.
DÉCIMO QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/2030912-313ede25/contrato-de-transporte-multimodal-internacional-el-porteador-u · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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