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Modo: Corpus Pro

SINDICATOS. CANCELACION DEL REGISTRO DE LOS. REQUISITOS.

Clave: VI.2o.19 L · Registro digital (IUS): 203491 · Tipo: Tesis aislada
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [TA]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo III, Enero de 1996; Pág. 354

El artículo 369 de la Ley Federal del Trabajo, establece dos únicos supuestos que dan motivo a la cancelación de un sindicato, que concretamente se refieren a la disolución del mismo y por dejar de tener los requisitos legales, estos requisitos consisten en la finalidad intrínseca y teórica de un sindicato, mejoramiento y defensa de los intereses de los trabajadores, así como el número de agremiados, y demás requisitos formales previstos por la ley, por lo que, si no se presenta la falta de alguno de esos requisitos, es improcedente la cancelación.

SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/203491-d02d5015/sindicatos-cancelacion-del-registro-de-los-requisitos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 503/95. Sindicato Unitario de Trabajadores de la Universidad Autónoma de Puebla. 29 de noviembre de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: José Mario Machorro Castillo.

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