REVISION. IMPROCEDENCIA SOBREVENIDA EN LA. DEBE EXAMINARSE PREVIAMENTE AL FONDO.
Si está pendiente de resolución un recurso de revisión y se advierte que ha sobrevenido una causal de improcedencia, debe examinarse previamente la procedencia del juicio de amparo, por ser esa cuestión de orden público en el juicio de garantías.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/207423-81cbf1f6/revision-improcedencia-sobrevenida-en-la-debe-examinarse-previamente · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo en revisión 8231/83. Edmundo Simón Castro. 19 de junio de 1989. Cinco votos. Ponente: Jorge Carpizo Mac Gregor. Secretario: Jean Claude Tron Petit.
Nota: En el Informe de 1989, esta tesis aparece bajo el rubro: "REVISION. EN ELLA DEBE EXAMINARSE PREVIAMENTE LA PROCEDENCIA AL FONDO.".
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