AGRARIO. CASO EN QUE ES ILEGAL EL PROCEDIMIENTO DE PRIVACION DE DERECHOS AGRARIOS.
Si a la quejosa le fue concedido el amparo en un diverso juicio de garantías, contra la resolución definitiva dictada en un expediente de privación de derechos agrarios implica que tal resolución y sus consecuencias, entre ellas la adjudicación y expedición del nuevo certificado de derechos agrarios, quedaron insubsistentes, de manera que no puede legalmente instaurarse otro procedimiento de privación de derechos agrarios en contra de dicho adjudicatario, pues carece de un derecho reconocido sobre la parcela en controversia, siendo la quejosa quien mantiene la titularidad de la misma; es decir, ni la asamblea general ni el delegado agrario, pueden solicitar válidamente la privación de derechos agrarios de aquel adjudicatario, por la sencilla razón de que no tiene reconocida la titularidad sobre la unidad de dotación en conflicto, por lo que, resulta ilegal la instauración del nuevo procedimiento y por consecuencia la inconstitucionalidad de la resolución que priva de derechos agrarios a quien no los tiene y adjudica la parcela en favor de un tercero.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/208129-5e2ea7cf/agrario-caso-en-que-es-ilegal-el-procedimiento · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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