Corpus
Modo: Corpus Pro

RECURSOS. SU ADMISION NO IMPIDE EXAMINAR SU PROCEDENCIA AL MOMENTO DE RESOLVER.

Clave: VI.1o.225 K · Registro digital (IUS): 208766 · Tipo: Tesis aislada
Época: 8a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XV-2, Febrero de 1995; Pág. 514

La admisión a trámite de un recurso, no decide sobre su procedencia pues evidentemente esta circunstancia, por ser de orden público, puede ser examinada por el juez del conocimiento al momento de pronunciar la resolución que en derecho corresponde, siendo así que de estimar la improcedencia ello no implica la revocación de su propia determinación.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/208766-6ca6bddc/recursos-su-admision-no-impide-examinar-su-procedencia · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 3/89. Fidel Luis Parra. 8 de febrero de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Eric Roberto Santos Partido. Secretario: Roberto Javier Sánchez Rosas.

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