SEPTIMOS DIAS, CARGA DE LA PRUEBA DEL PAGO DE.
Tratándose de la acción de pago de séptimos días, si el patrón no manifiesta haberlos pagado, sino que niega que el actor los hubiera trabajado, resulta inconcuso que atenta la naturaleza de la prestación de que se trata, corresponde precisamente a la demandante probar lo contrario, esto es, que laboró esos días.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/209834-66a73cae/septimos-dias-carga-de-la-prueba-del-pago · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 423/94. Central de Mercerías y Fantasías, S.A. de C.V. 26 de octubre de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: José Mario Machorro Castillo.
Véase: Sexta Epoca, Volumen LXXXII, Quinta Parte, Pág. 33.
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