Corpus
Modo: Corpus Pro

CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION. SU ARTICULO 209 NO VIOLA LA GARANTIA DE AUDIENCIA POR NO PREVER RECURSO EN CONTRA DE LA DETERMINACION QUE TENGA POR NO INTERPUESTA LA DEMANDA POR INCUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS QUE CONTEMPLA .

Clave: III. 1o. A. 146 A · Registro digital (IUS): 210195 · Tipo: Tesis aislada
Época: 8a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Octubre de 1994; Pág. 288

La exigencia en el cumplimiento de los requisitos que contempla el artículo 209 del Código Fiscal de la Federación, no puede estimarse conculcatoria de la garantía de audiencia por no prever dicho precepto legal un medio de impugnación en contra de la determinación que tenga por no presentada la demanda por incumplimiento de tales requisitos, puesto que para cumplir con los extremos de la invocada garantía basta que la norma que prevea la preclusión de un derecho procesal o adjetivo lo haga en forma clara y precisa, esto es, que señale sin lugar a dudas los lineamientos a que debe ajustarse la conducta de quien pretenda poner en movimiento ese derecho procesal, situación que cumple cabalmente el numeral cuestionado, dado que establece de manera clara y categórica en sus primeras cuatro fracciones los elementos indispensables para la procedencia y, previene, en su último párrafo, que en caso de desacato a dicha obligación, se tendrá por no interpuesta la demanda.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL TERCER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/210195-68d22405/codigo-fiscal-de-la-federacion-su-articulo-209 · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 68/94. Distribuidora de Hielo de Guadalajara, S.A. de C.V. 5 de julio de 1994. Unanimidad de votos. Ponente: Jorge Alfonso Alvarez Escoto. Secretario: Julio Ramos Salas. Amparo directo 31/93. Distribuidora Irca, S.A. de C.V. 7 de diciembre de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Rogelio Camarena Cortés. Secretario: Bernardo Olmos Avilés.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.