SUSPENSION. DEBE ACREDITARSE QUE EL OBRERO CUENTA CON LOS BIENES SUFICIENTES PARA SU SUBSISTENCIA, PARA CONCEDER LA.
Conforme a lo establecido por el artículo 174 de la Ley de Amparo, el Presidente de la Junta de Conciliación y Arbitraje debe contar con los elementos de prueba necesarios para normar su criterio, aptos y suficientes para acreditar que el obrero cuenta con un salario o con bienes necesarios que le permitan subsistir en tanto se resuelve el juicio de garantías, y no inferirlo por presunciones, pues debe acreditarse que el trabajador tiene asegurada su subsistencia, en consecuencia, debe negarse la suspensión hasta el importe de 180 días, que es el tiempo que se ha estimado suficiente para la resolución del juicio de amparo y como cantidad que garantice la subsistencia del obrero, en tanto se resuelve el mismo.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO NOVENO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/210920-5b4e45f8/suspension-debe-acreditarse-que-el-obrero-cuenta-con · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- SUSPENSION. CORRESPONDE AL PATRON DEMOSTRAR QUE EL TRABAJADOR DISPONE DE MEDIOS PARA SUBSISTIR, CUANDO AL PROMOVER JUICIO DE AMPARO, SOLICITA LA. (XIX.2o.8 L)
- SUSPENSION EN MATERIA DE TRABAJO. ASEGURAMIENTO DE LA SUBSISTENCIA DEL TRABAJADOR QUE OBTUVO. (s/clave)
- SUSPENSION EN MATERIA DE TRABAJO. MEDIOS DE SUBSISTENCIA DEL TRABAJADOR. (s/clave)
- SUSPENSION EN MATERIA DE TRABAJO. MEDIOS DE SUBSISTENCIA DEL TRABAJADOR. (s/clave)
- SUSPENSIÓN. SALARIO QUE SIRVE DE BASE PARA FIJAR EL MONTO DE LA GARANTÍA REQUERIDA PARA LA SUBSISTENCIA DEL TRABAJADOR. (XVII.2o.69 L )
- SUSPENSIÓN EN MATERIA DE TRABAJO.- (618)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis