AMPARO. TERMINO PARA LA PROMOCION DEL. 21 DE MARZO.
El veintiuno de marzo, ha sido declarado día de fiesta nacional por decreto del Ejecutivo Federal de dieciséis de marzo de mil novecientos cincuenta, publicado en el Diario Oficial del día treinta y uno siguiente, por ende, dicho día debe considerarse agregado a los que enumera el artículo 23 de la Ley de Amparo, por lo que también debe excluirse del cómputo para la promoción del amparo.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/211094-a0849a5e/amparo-termino-para-la-promocion-del-21-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 175/89. Francisco García Narváez. 6 de junio de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: Jorge Alberto González Alvarez.
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