Corpus
Modo: Corpus Pro

ARRESTO. DEBE AGOTARSE EL RECURSO DE APELACION CONTRA LA ORDEN DE.

Clave: — · Registro digital (IUS): 211152 · Tipo: Tesis aislada
Época: 8a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XIV, Julio de 1994; Pág. 456

La orden de arresto dictada por un juez civil, que tiende a hacer cumplir sus determinaciones, no es de origen penal, ya que no proviene de un procedimiento instruido con motivo de la investigación de un delito, por lo que ésta debe impugnarse por medio del recurso de apelación, antes de promover el juicio de garantías.

SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/211152-734c4066/arresto-debe-agotarse-el-recurso-de-apelacion-contra · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 15/88. Carlos Diez de Urdanivia Alarcón. 2 de febrero de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Arnoldo Nájera Virgen. Secretario: Enrique Crispín Campos Ramírez.

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