PRUEBA. AUTO DICTADO DE OFICIO, QUE SEÑALA DIA Y HORA PARA SU DESAHOGO.
Aun cuando el tercero perjudicado no solicite se señale día y hora para el desahogo de sus pruebas, la resolución que así lo hace, no viola las garantías individuales del quejoso debido a que el juez responsable actuó en uso de la facultad que le confiere el artículo 70 fracción II, del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla, el cual establece que una vez iniciado un negocio por el primer escrito de parte interesada y el acuerdo que le recaiga, el procedimiento se llevará a cabo de oficio, sin necesidad de instancia de parte.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/211771-af5c0b5e/prueba-auto-dictado-de-oficio-que-senala-dia · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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