Corpus
Modo: Corpus Pro

COSA JUZGADA. EXCEPCION DE.

Clave: — · Registro digital (IUS): 216910 · Tipo: Tesis aislada
Época: 8a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XI, Marzo de 1993; Pág. 249

La excepción de cosa juzgada no es procedente cuando la sentencia en que se funda no decidió sobre el mérito o fondo de las pretensiones planteadas ni sobre la causa de pedir o de excepcionarse.

SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/216910-84fe6ec6/cosa-juzgada-excepcion-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 582/92. Aida Rosa Suaste Perera. 21 de enero de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: Humberto Schettino Reyna. Nota: Este criterio ha integrado la jurisprudencia VI.2o.C. J/213, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XIV, octubre de 2001, página 878, de rubro: "COSA JUZGADA, EXCEPCIÓN DE."

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