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JURISPRUDENCIA ESTABLECIDA AL RESOLVER CONTRADICCION DE TESIS DE TRIBUNALES COLEGIADOS. SUS EFECTOS RESPECTO DE SENTENCIAS DICTADAS CON ANTERIORIDAD QUE DECIDEN LA REVISION FISCAL CON APOYO EN EL CRITERIO DESAUTORIZADO.

Clave: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XI, Marzo de 1993; Pág. 304 · Registro digital (IUS): 217010 · Tipo: Tesis aislada
Época: 8a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XI, Marzo de 1993; Pág. 304

Si al resolver un recurso de revisión fiscal, el Tribunal Colegiado funda su sentencia en un criterio que ulteriormente resulta invalidado con motivo de la jurisprudencia establecida al conocer de la contradicción con otro criterio, no puede invocar dicha jurisprudencia la parte a quien favorece, con la pretensión de invalidar a su vez el fallo que habiendo aplicado el criterio perdedor le resultó desfavorable; ni tal actitud puede adoptar la Sala Fiscal que en su caso deba dictar nuevo fallo en acatamiento de dicha sentencia, puesto que se desconocería el valor de la cosa juzgada y la seguridad jurídica, que implícitamente protege el artículo 197-A de la Ley de Amparo, al disponer que: "La resolución que se dice no afectará las situaciones jurídicas concretas derivadas de los juicios en los cuales se hubiesen dictado las sentencias contradictorias"; precepto éste que por igualdad de razón resulta aplicable aun cuando la sentencia específica no haya suscitado la contradicción pero sustente el criterio rechazado por la Suprema Corte.

SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/217010-c05fd8c5/jurisprudencia-establecida-al-resolver-contradiccion-de-tesis-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 2482/92. Grupo Coral, S.A. de C.V. 17 de noviembre de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Ma. Antonieta Azuela de Ramírez. Secretaria: Ana Carolina Cienfuegos Posada.

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