PERITOS, VALOR PROBATORIO DE SU DICTAMEN.
Dentro del amplio arbitrio que la ley y la jurisprudencia reconocen a la autoridad judicial para justipreciar los dictámenes periciales, el juzgador puede negarles eficacia probatoria o concederles hasta el valor de prueba plena, eligiendo entre los emitidos en forma legal, o aceptando o desechando el único o los varios que se hubieran rendido, según la idoneidad jurídica que fundada y razonadamente determine respecto de unos y otros.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL QUINTO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/217361-6c266a14/peritos-valor-probatorio-de-su-dictamen · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 398/92. Delfino Morales Acedo. 28 de octubre de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: David Guerrero Espriú. Secretario: Arturo Ortegón Garza.
Jurisprudencia relacionada
- PERITOS. VALOR PROBATORIO DE SU DICTAMEN. (528)
- PERITOS. VALOR PROBATORIO DE SU DICTAMEN. (254)
- PERITOS. VALOR PROBATORIO DE SU DICTAMEN.- (256)
- PERITOS. VALORACION POR LAS JUNTAS DE LOS DICTAMENES DE LOS. (s/clave)
- DICTAMENES PERICIALES EN MATERIA PENAL, VALOR PROBATORIO DE LOS. (VI.2o.122 P)
- PERITOS, VALOR PROBATORIO DE SUS DICTAMENES. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis