Corpus
Modo: Corpus Pro

TRABAJADORES DE CONFIANZA, AL SERVICIO DEL ESTADO, CESE DE. IMPROCEDENCIA DEL JUICIO DE AMPARO.

Clave: — · Registro digital (IUS): 218028 · Tipo: Tesis aislada
Época: 8a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo X, Noviembre de 1992; Pág. 321

En las relaciones que lleva el Estado con sus trabajadores, tiene, dentro de sus unidades burocráticas, una posición jurídica similar a la de un patrón, al contratar los servicios de particulares para llevar a cabo las funciones que está obligado a prestar, sin que con ello actúe con el imperio de su soberanía que es la característica distintiva de los actos de autoridad, por lo que al suspender o cesar al trabajador de confianza del encargo para el que fue contratado, es inconcuso que no pronuncia acto de autoridad alguno que sea susceptible de analizarse a través del juicio de garantías.

TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL CUARTO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/218028-2b0d6148/trabajadores-de-confianza-al-servicio-del-estado-cese · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 16/91. Rodolfo Ramos Segovia. 29 de abril de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Ramiro Barajas Plasencia. Secretario: Carlos Hugo de León Rodríguez.

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