DEMANDA DE AMPARO. ES INDIVISIBLE SI LOS ACTOS RECLAMADOS ESTAN VINCULADOS ENTRE SI.
Si los actos reclamados están vinculados entre sí, y forman una unidad o un todo imposible de desmembrar, se debe atender a las disposiciones relativas de la Ley de Amparo, en el sentido de la indivisibilidad de la demanda de amparo, tal es el caso de las consecuencias derivadas de la violación al derecho de petición consagrado en el artículo 8o. constitucional, que por ser un acto de tracto sucesivo que se verifica en forma continua, mientras el no cese debe estimarse que el probable afectado puede interponer en cualquier momento el juicio de amparo.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEGUNDO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/218514-6265de0f/demanda-de-amparo-es-indivisible-si-los-actos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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