HORAS EXTRAORDINARIAS. OBSCURIDAD DE LA DEMANDA EN CASO DE RECLAMARSE.
Si el trabajador que reclama el pago de horas extras no precisa el número de las que hubiere laborado, de momento a momento, opera la excepción de obscuridad de la demanda que oponga su patrón, y debe absolverse a éste, aunque dentro del juicio se aporten pruebas tendientes a demostrar que el reclamante laboró tiempo extraordinario.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL QUINTO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/218548-28b4a8d5/horas-extraordinarias-obscuridad-de-la-demanda-en-caso · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 164/91. Francisco Madrid Plaza. 5 de noviembre de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Julio César Vázquez-Mellado García. Secretario: Isidro Pedro Alcántara Valdés.
Amparo directo 58/92. Mario Cañedo Guerrero y otros. 30 de junio de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Lucio Antonio Castillo González. Secretario: José Rafael Coronado Duarte.
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