Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

QUEJA, RECURSO DE. IMPROCEDENTE.

Clave: — · Registro digital (IUS): 219155 · Tipo: Tesis aislada
Época: 8a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IX, Junio de 1992; Pág. 409

Resulta notoriamente improcedente el recurso de queja que se hace valer en contra del acuerdo aquel pronunciado por la Sala responsable, a través del cual tiene por presentada a una de las partes, promoviendo juicio de garantías en la vía directa, pues de conformidad con lo establecido en el artículo 168 de la Ley de Amparo, la autoridad responsable sólo puede recibir la demanda de amparo que por su conducto se presente, la cual, previos los trámites indispensables, como lo son, el emplazamiento al tercero perjudicado, la remisión de los autos originales de ambas instancias, y el informe justificado, la remitirá al Tribunal Colegiado en turno, con el fin de que dicha potestad federal, sea exclusivamente quien decida si se admite o no la demanda de amparo.

TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/219155-a14f322d/queja-recurso-de-improcedente · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Queja 59/92. Ricarda Pérez Jiménez. 12 de marzo de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Manuel Ernesto Saloma Vera. Secretario: Vicente C. Banderas Trigos.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis