PRIMA DE ANTIGÜEDAD. PROFESIONALES, BASES PARA SU CUANTIFICACION.
Para la cuantificación del pago de la prima de antigüedad de ciertos trabajadores profesionales, debe atenderse al duplo del salario mínimo general, cuando el percibido rebase dicha suma, acorde a lo establecido por los artículos 162 en relación con el 486, ambos de la Ley Federal del Trabajo, pues aun cuando sean profesionales, no es factible que se atienda a un salario mínimo profesional para la categoría que desempeñan, si para ella no existe decretado un salario mínimo profesional por la Comisión Nacional de Salarios Mínimos, en la época en que aconteció la separación.
TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL TERCER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/219411-91735858/prima-de-antiguedad-profesionales-bases-para-su-cuantificacion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- PRIMA DE ANTIGÜEDAD. MEDICOS. BASES PARA SU CUANTIFICACION. (s/clave)
- PRIMA DE ANTIGÜEDAD. SALARIO MINIMO PROFESIONAL. (I.1o.T.487 L)
- PRIMA DE ANTIGÜEDAD, APLICACION DEL SALARIO MINIMO PROFESIONAL EN CASO DE. (IV. 2o. 92 L)
- PRIMA DE ANTIGÜEDAD. CUANTIFICACION DE LA. (s/clave)
- PRIMA DE ANTIGÜEDAD. SU CUANTIFICACION. (s/clave)
- PRIMA DE ANTIGÜEDAD. SU PAGO DEBE SER CON BASE AL SALARIO MINIMO CUANDO EL DEL TRABAJADOR SEA INFERIOR. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis