ORDEN DE APREHENSION, ESTUDIO DE LA.
Si los datos recogidos en la averiguación previa, son suficientes para juzgar si existe o no el delito, debe estudiarse desde luego esa cuestión, porque es evidente que si de esos datos no se desprende la prueba del delito, mucho menos pueden desprenderse de responsabilidad del acusado.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/219794-1843b285/orden-de-aprehension-estudio-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo en revisión 335/89. Jesús Arellano Núñez. 7 de noviembre de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: Jorge Alberto González Alvarez.
Sostiene la misma tesis:
Amparo en revisión 427/91. Martín Blanco Flores. 24 de septiembre de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: Humberto Schettino Reyna.
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