INTERESES BANCARIOS. CUANTIFICACION DE LOS NO PERCIBIDOS.
Si el actor demandó el pago de cierta cantidad por concepto de intereses bancarios que dijo dejó de percibir por virtud de una suma de dinero de su propiedad que indebidamente detentó el demandado durante un período; aun cuando aporte los indicadores económicos del Banco de México para acreditar los rendimientos bancarios que se pagaron durante este lapso, para probar plenamente su acción debe desahogar la pericial contable para estar en legal posibilidad de cuantificar con exactitud los intereses bancarios que hubieren podido generar esa suma original de dinero que legalmente detentó el demandado, pues dada la variabilidad de los intereses bancarios es necesario efectuar una especial operación aritmética, en donde mensualmente, con base en el promedio de las cotizaciones diarias vigentes para cada mes al tanto por ciento anual y a la cantidad original incrementada con los intereses mensuales causados, se detalle la cantidad real del rendimiento generado.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/220567-a81dea70/intereses-bancarios-cuantificacion-de-los-no-percibidos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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