PRESCRIPCION. COMPUTO DEL TERMINO PARA QUE OPERE EN CASO DE ACCION DE DESPIDO.
El término de un mes que para la prescripción de la acción de despido otorga al patrón el artículo 517, fracción I, de la Ley Federal del Trabajo, debe computarse, no conforme a la regla del artículo 736 del mismo cuerpo legal, de acuerdo con la cual los meses se regularán por el de 30 días naturales, sino por la contenida en el 522, en cuanto determina que para los efectos de la prescripción los meses se regularán por el número de días que les corresponda; y una sana interpretación de esa disposición es que por mes debe entenderse el período que transcurra tomando como punto de partida una fecha determinada de un mes, para concluir un día anterior al de la misma fecha pero del mes subsecuente.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL CUARTO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/220611-888458f8/prescripcion-computo-del-termino-para-que-opere-en · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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