Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

IMPROCEDENCIA DEL AMPARO PENAL, CUANDO ES SOLICITADO POR EL APODERADO GENERAL PARA PLEITOS Y COBRANZAS.

Clave: — · Registro digital (IUS): 223397 · Tipo: Tesis aislada
Época: 8a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Marzo de 1991; Pág. 158

Una correcta interpretación al texto del artículo 4o. de la Ley de Amparo, no lleva a la conclusión de que tratándose de una causa criminal, a excepción de los casos previstos en el artículo 17 de la ley de la materia, el juicio de garantías únicamente puede promoverse por el propio agraviado o su defensor, mas no así por su representante con poder general para pleitos y cobranzas, en los que no puede impetrar en nombre de su representado, la protección constitucional, si el acto reclamado proviene de una causa criminal, máxime si se trata de una orden de aprehensión, puesto que sólo al interesado puede causarle un agravio personal y directo, y en términos del precepto legal señalado, debe solicitarse la protección federal únicamente por sí mismo o por conducto de su defensor.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL OCTAVO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/223397-55ec062c/improcedencia-del-amparo-penal-cuando-es-solicitado-por · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 672/90. Luis Martínez Damm. 24 de enero de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: Rogelio Sánchez Alcáuter. Secretario: Roberto Rodríguez Soto. Nota: El criterio contenido en esta tesis contendió en la contradicción de tesis 5/91, resuelta por la Primera Sala, de la que derivó la tesis 1a./J. 3/92, que aparece publicada en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Octava Época, número 54, junio de 1992, página 13, con el rubro: "AMPARO PENAL, PUEDE PROMOVERLO EL APODERADO GENERAL PARA PLEITOS Y COBRANZAS."

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis