Corpus
Modo: Corpus Pro

DEMANDA DE AMPARO, DEBE ESTAR SUSCRITA POR QUIEN APARECE COMO PROMOVENTE.

Clave: — · Registro digital (IUS): 223810 · Tipo: Tesis aislada
Época: 8a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Enero de 1991; Pág. 210

La demanda de amparo debe estar firmada por quien la formula, pues tal formalidad es indispensable por ser la firma lo que le da autenticidad, con todas sus consecuencias legales. Por tanto, si dicha demanda no está suscrita por quien aparece como promovente en su texto, debe resolverse que no se ha promovido legalmente el juicio de garantías.

SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL QUINTO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/223810-ff072b8d/demanda-de-amparo-debe-estar-suscrita-por-quien · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 262/90. Sucesión de Carlos Vicente Rodríguez. 17 de octubre de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Pablo Antonio Ibarra Fernández. Secretario: Secundino López Dueñas.

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