PROPINAS, DETERMINACION DE LAS.
Para que las Juntas de Conciliación y Arbitraje estén en condiciones de fijar el aumento por propinas, al jornal de base para el pago de cualquier indemnización o prestación que corresponda a los empleados que desempeñan servicios en hoteles, restaurantes, bares y otros establecimientos análogos, es menester que los trabajadores acrediten que según lo preceptuado por el artículo 347 de la Ley Federal del Trabajo, acordaron con el patrón el porcentaje o aumento al salario por esas propinas, requisitos indispensables, toda vez que tal concepto proviene de los clientes del negocio, personas ajenas al mismo.
QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/224060-b6338016/propinas-determinacion-de-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- PROPINAS, DETERMINACION DE LAS. (s/clave)
- PROPINAS, TRABAJADORES CUYO SALARIO SE INTEGRA CON. CARGA PROBATORIA DE SU DETERMINACION. (s/clave)
- SALARIO. DETERMINACION DE LAS PROPINAS QUE LO INTEGRAN. (s/clave)
- PROPINAS. FORMAN PARTE DEL SALARIO EN EL CASO DE TRABAJADORES DE HOTELES, RESTAURANTES, BARES Y OTROS ESTABLECIMIENTOS ANALOGOS. (s/clave)
- PROPINAS. AL TRABAJADOR LE CORRESPONDE LA CARGA DE LA PRUEBA DE QUE SE PACTO PORCENTAJE SOBRE CONSUMOS. (XXI.1o.52 L)
- PROPINAS. SON PARTE DEL SALARIO CUANDO EL TRABAJO SE DESEMPEÑA EN HOTELES, RESTAURANTES, BARES Y OTROS ESTABLECIMIENTOS ANALOGOS. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis