PRUEBA TESTIMONIAL. APRECIACION DE LA RAZON DEL DICHO DE LOS TESTIGOS.
Para la apreciación de la razón del dicho de los testigos no bastan las palabras que éstos pronuncien para apoyarlo, sino que debe tomarse en consideración toda la declaración para obtener un concepto real del mismo, por tanto, al no apreciarlo así la junta del conocimiento, el laudo reclamado es violatorio de garantías.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGESIMO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/224088-86a0ed31/prueba-testimonial-apreciacion-de-la-razon-del-dicho · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 292/89. Antonio Vicente Gutiérrez representante legal del Centro de Estudios 5 de Octubre. 4 de julio de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Francisco A. Velasco Santiago. Secretario: Reynol Castañón Ríos.
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