Corpus
Modo: Corpus Pro

SUSPENSION DEFINITIVA, EFECTOS QUE DEBE TENER CUANDO EL QUEJOSO NO HA CUMPLIDO CON LAS MEDIDAS DE ASEGURAMIENTO DECRETADAS EN LA PROVISIONAL. AMPARO PROMOVIDO CONTRA ORDEN DE APREHENSION.

Clave: — · Registro digital (IUS): 224254 · Tipo: Tesis aislada
Época: 8a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo VII, Enero de 1991; Pág. 487

Cuando el juez de amparo ordena en la suspensión provisional, que el quejoso comparezca ante el juez de la causa a rendir su declaración preparatoria, y no está probado en autos que lo haya hecho, esto implica que el quejoso pretende evadirse de la acción de la justicia, y faculta al juez para tomar medidas de aseguramiento que estime convenientes.

SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEGUNDO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/224254-1f51a5b1/suspension-definitiva-efectos-que-debe-tener-cuando-el · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Incidente en revisión 6/90. Leonardo Reséndiz Carrizo y Maurilio García Caballero. 25 de mayo de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: Enrique Pérez González. Secretaria: María Elena Solórzano Avila.

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