PRUEBA CONFESIONAL. CASO EN QUE ES ILEGAL SU DESECHAMIENTO.
Si la prueba confesional se propone para demostrar hechos determinados y éstos no fueron controvertidos, ello no es suficiente para desecharla si por otras cuestiones que forman parte de la contienda y no le son desconocidas a los absolventes por razón de sus funciones y si la Junta, aun así rechaza ese elemento de convicción se actualiza el supuesto del artículo 159, fracción III de la Ley de Amparo.
SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/224623-8f14a97c/prueba-confesional-caso-en-que-es-ilegal-su · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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