SALARIO, DOCUMENTOS NECESARIOS PARA ACREDITAR SU MONTO.
Si bien es cierto que en el artículo 784, fracción XII, de la Ley Federal del Trabajo, se establece que la Junta eximirá de la carga de la prueba al trabajador, cuando por otros medios esté en posibilidad de llegar al conocimiento de los hechos, y para el efecto requerirá al patrón de que exhiba los documentos necesarios para acreditar el monto y pago del salario, también lo es que el mismo, no se acredita necesariamente con la exhibición de los recibos de pago, sino que basta con la demostración del salario devengado en la fecha del despido.
SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/224690-0305f5f5/salario-documentos-necesarios-para-acreditar-su-monto · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- SALARIO, CARGA DE LA PRUEBA EN RELACION CON EL MONTO Y PAGO DEL. (s/clave)
- SALARIO. PRUEBAS PARA ACREDITAR SU PAGO. (s/clave)
- SALARIO, PRUEBA OFRECIDA POR EL TRABAJADOR PARA ACREDITARLO, DEBE ADMITIRSE. (s/clave)
- SALARIOS. LOS INCREMENTOS AL, DEBEN ACREDITARSE POR EL TRABAJADOR. (s/clave)
- SALARIO. EL CONTRATO DE TRABAJO ES IDONEO PARA ACREDITAR SU MONTO. (s/clave)
- SALARIO. LA CARGA DE LA PRUEBA PARA ACREDITAR SU MONTO CORRESPONDE AL PATRON. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis