APELACION, MATERIA DE LA.
La autoridad de segunda instancia al resolver la apelación debe concretarse a analizar exclusivamente las acciones y excepciones hechas valer oportunamente en juicio a través de los agravios expresados por el recurrente, sin hacerlo en un orden preferencial, sólo tiene la obligación de estudiar todos y cada uno de los argumentos expresados en agravios por el apelante, expresando razones de hecho y de derecho en las cuales funde sus consideraciones.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEGUNDO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/226685-6faa1212/apelacion-materia-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 385/89. Piedad del Pilar Illanes Aranda y coagraviados. 17 de agosto de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: María del Carmen Sánchez Hidalgo. Secretaria: María Concepción Alonso Flores.
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