Corpus
Modo: Corpus Pro

INCREMENTOS SALARIALES, CONDENA DE LOS, CUANTIFICACION EN EL INCIDENTE DE LIQUIDACION.

Clave: — · Registro digital (IUS): 227017 · Tipo: Tesis aislada
Época: 8a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo IV, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1989; Pág. 281

Si la responsable en su laudo no tiene posibilidad de señalar cantidad líquida respecto de la condena a los incrementos salariales que se generaron durante el procedimiento laboral, y por ello ordena que éstos se cuantifiquen en el incidente de liquidación correspondiente tal proceder no infringe el artículo 844 de la Ley Federal del Trabajo ya que aquélla no podía determinar esa prestación con antelación a la vía incidental mencionada y se da el caso de excepción regulado en el diverso artículo 843 de la propia ley.

SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/227017-a99b5b6a/incrementos-salariales-condena-de-los-cuantificacion-en-el · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 6676/89. Instituto Mexicano del Seguro Social. 31 de octubre de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: J. Refugio Gallegos Baeza. Secretario: Enrique Valencia Lira.

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