JUECES DE DISTRITO, LEYES QUE APLICAN LOS, EN LAS RESOLUCIONES DE AMPARO.
A quienes realmente corresponde la aplicación de los preceptos legales relativos a la controversia común, es a las autoridades de instancia, y lo único que atañe en el juicio constitucional al juez de Distrito, es vigilar que el principio de legalidad, consignado en los artículos 14 y 16 de la Constitución Federal, no se viole a través de la infracción, por incorrecta aplicación o interpretación, de las leyes secundarias por parte de dichas autoridades; es decir, al juez de Distrito corresponde aplicar la Ley de Amparo, mas no las leyes secundarias.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL TERCER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/227057-a584febc/jueces-de-distrito-leyes-que-aplican-los-en · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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