LEGITIMA DEFENSA. CUANDO NO HA CESADO LA AGRESION.
No es el número de atacantes el que determina la operancia o no de la legítima defensa, sino el peligro que implica para la integridad personal de la víctima la agresión de que la hacen objeto; así, si el ataque lo iniciaron varios sujetos aun cuando la mayoría cesen en el, basta que uno solo lo continúe y que subsista el peligro para la integridad corporal, para que la repulsa ejercitada por el ofendido participe de la excusa absolutoria.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/227748-7efcbc55/legitima-defensa-cuando-no-ha-cesado-la-agresion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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