Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

SINDICO MUNICIPAL, CARECE DE FACULTADES PARA PUBLICAR ACUERDOS O RESOLUCIONES DICTADAS POR EL AYUNTAMIENTO (LEY ORGANICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE PUEBLA).

Clave: — · Registro digital (IUS): 229165 · Tipo: Tesis aislada
Época: 8a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo III, Segunda Parte-2, Enero-Junio de 1989; Pág. 785

El artículo 41 fracción I de la Ley Orgánica Municipal, expresamente dispone: "Son facultades y obligaciones de los Presidentes Municipales: I.- Publicar en sus respectivos municipios las leyes, reglamentos y cualquier otra disposición de observancia general o puramente local que con tal objeto les remita el Gobierno del estado o acuerde el Ayuntamiento..."; por tanto, resulta contraria a la ley la publicación hecha en el Periódico Oficial del Estado de un acuerdo o resolución dictado por el Ayuntamiento mediante el cual emite disposiciones de observancia general, cuando tal publicación la ordena el síndico municipal y no el Presidente.

TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/229165-4e243997/sindico-municipal-carece-de-facultades-para-publicar-acuerdos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 42/89. "Operadora de Máquinas Electrónicas de Diversión", S. A. 15 de marzo de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: Juan Manuel Brito Velázquez. Secretario: E. Gustavo Núñez Rivera.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis