Corpus
Modo: Corpus Pro

ARRESTO COMO MEDIDA DE APREMIO. IMPROCEDENCIA DEL JUICIO DE AMPARO CUANDO SE OMITE AGOTAR PREVIAMENTE RECURSO ORDINARIO. (MATERIA CIVIL).

Clave: — · Registro digital (IUS): 229835 · Tipo: Tesis aislada
Época: 8a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo II, Segunda Parte-1, Julio-Diciembre de 1988; Pág. 121

Contra el proveído emitido con motivo de un arresto, como medida de apremio en materia civil, previamente procede un recurso ordinario; y al no agotarse éste, el acto reclamado no es definitivo, por ello deviene la causal de improcedencia contemplada en el artículo 73, fracción XIII, de la Ley de Amparo y procede decretar sobreseimiento con apoyo en el artículo 74, fracción III, del mismo ordenamiento legal.

TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGESIMO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/229835-0e44a5b6/arresto-como-medida-de-apremio-improcedencia-del-juicio · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 263/88. Carlos Anza Sánchez. 13 de septiembre de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Francisco A. Velasco Santiago. Secretario: Marco Antonio Sarmiento Tovilla.

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