LEGITIMACION ACTIVA. EN QUE CONSISTE.
Por legitimación procesal activa se entiende la potestad legal para acudir al órgano jurisdiccional con la petición de que se inicie un juicio y ésta procede cuando el derecho que se cuestione se ejercita por quien tiene aptitud de hacerlo, por lo que si los actos reclamados pudieran afectar a los integrantes de una sociedad, tal afectación es indirecta y por ende no tienen legitimación procesal activa para impugnar, son actos por su propio derecho, toda vez que quien directamente sufre las consecuencias de los mismos es la sociedad y por consiguiente es la única capacitada para impugnarlos en el juicio de amparo.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO TERCER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/230178-b1256f7e/legitimacion-activa-en-que-consiste · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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