Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

SUSPENSION PROVISIONAL. EL AUTO EN QUE SE ACUERDA RESPECTO DE ELLA DEBE IMPUGNARSE A TRAVES DEL RECURSO DE QUEJA.

Clave: — · Registro digital (IUS): 230654 · Tipo: Tesis aislada
Época: 8a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo II, Segunda Parte-2, Julio-Diciembre de 1988; Pág. 571

En el caso de que, respecto de la resolución que conceda o niegue la suspensión provisional alguna de las partes esté inconforme, dicha resolución debe ser controvertida a través de la instancia idónea, como lo es el recurso de queja que aparece regulado en la fracción XI del artículo 95 de la Ley de Amparo, medio de impugnación que al no agotarse trae por consecuencia el consentimiento de la resolución dictada con motivo de la medida cautelar provisional.

SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/230654-1cff5e2f/suspension-provisional-el-auto-en-que-se-acuerda · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Queja 226/88. Delegado del Departamento del Distrito Federal en Gustavo A. Madero. 13 de septiembre de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: Mario Pérez de León Espinosa. Secretario: Jean Claude Tron Petit.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis