ARRENDAMIENTO, PRORROGA DEL CONTRATO DE.
Si la Sala responsable estimó extemporáneo por haberse demandado la prórroga de un contrato de arrendamiento con posterioridad a su vencimiento, y en estas condiciones ninguna violación causa la omisión en el estudio de las pruebas con las que el promovente afirma demostró su derecho a la prórroga; pues el derecho concedido al arrendatario para pedir que se prorrogue el arrendamiento por el término de un año, debe ejercitarse cuando todavía está en vigor el contrato, porque lo que no existe no puede prorrogarse.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEPTIMO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/230997-2431e839/arrendamiento-prorroga-del-contrato-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- ARRENDAMIENTO, PRORROGA DEL CONTRATO DE. (s/clave)
- ARRENDAMIENTO. LA PRORROGA DE ESE CONTRATO, DEBE SOLICITARSE CUANDO TODAVIA ESTA VIGENTE EL MISMO. (II.3o.164 C)
- ARRENDAMIENTO, PRORROGA DEL CONTRATO DE. (s/clave)
- ARRENDAMIENTO, PRORROGA EN. SE RIGE POR LA LEY VIGENTE EN LA EPOCA EN QUE SE PIDE. (s/clave)
- ARRENDAMIENTO. PRORROGA DEL. (s/clave)
- ARRENDAMIENTO, PRORROGA DEL CONTRATO DE. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis