EXPROPIACION. NO ESTA SUJETA A PROCEDIMIENTO JUDICIAL.
El segundo párrafo de la fracción VI del artículo 27 constitucional señala que: "Las leyes de la Federación y de los estados en sus respectivas jurisdicciones, determinarán los casos en que sea de utilidad pública la ocupación de la propiedad privada, y de acuerdo con dichas leyes la autoridad administrativa hará la declaración correspondiente. El precio que se fijará como indemnización a la cosa expropiada, se basará en la cantidad que como valor fiscal de ella figure en las oficinas catastrales o recaudadoras, ya sea que este valor haya sido manifestado por el propietario, o simplemente aceptado por él de un modo tácito por haber pagado sus contribuciones con esta base. El exceso de valor o el demérito que haya tenido la propiedad particular por las mejoras o deterioros ocurridos con posterioridad a la fecha de la asignación del valor fiscal, será lo único que deberá quedar sujeto a juicio pericial y a resolución judicial. Esto mismo se observará cuando se trata de objetos cuyo valor no esté fijado en las oficinas rentísticas". Como se desprende de la transcripción anterior, dicho artículo no sujeta la expropiación a procedimiento judicial, sino que por el contrario, señala que las leyes de la Federación y de los Estados determinarán los casos en que sea necesaria la expropiación y de acuerdo con dichas leyes la autoridad administrativa hará la declaración correspondiente. Lo único que el artículo 27 deja para ser definido por resolución judicial, es el exceso de valor o demérito que haya tenido la propiedad particular y claramente lo estatuye al decir, el multicitado artículo, que esto será lo único que deberá quedar sujeto a juicio pericial y a resolución judicial.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/232323-22c3f77a/expropiacion-no-esta-sujeta-a-procedimiento-judicial · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- EXPROPIACION. (s/clave)
- EXPROPIACION. (s/clave)
- EXPROPIACION. (s/clave)
- EXPROPIACION. (s/clave)
- EXPROPIACION, VALOR DE LA INDEMNIZACION POR LA. (s/clave)
- EXPROPIACION. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis