MINISTERIO PUBLICO, CONCLUSIONES DEL. NO LAS REBASA LA SENTENCIA QUE DECLARA EN EL REO RESPONSABILIDAD MAS GRAVE QUE LA DE LA ACUSACION, SI IMPONE PENAS CONFORME A ESTA.
La sentencia condenatoria que impone penas más beneficiosas al grado de responsabilidad probado, no conculca en perjuicio del reo el artículo 21 constitucional, aunque el órgano sentenciador aprecie responsabilidad más grave que la que el Ministerio Público concreta en su acusación, si al señalar las sanciones lo hace acorde al grado de responsabilidad atemperado que solicitó la representación social, puesto que la distinta apreciación de los hechos por parte del juzgador, no agravó la situación del acusado, porque no excedió el pedimento de la parte constitucionalmente encargada de la persecución de los delitos.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/234091-3fccc511/ministerio-publico-conclusiones-del-no-las-rebasa-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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