LEGITIMA DEFENSA, INTEGRACION DE LA.
No es necesario e indispensable que los disparos del agresor se produzcan para que hasta entonces se repela la agresión, pues ello obligaría a tener que esperar un momento que podría ser definitivo para la integridad física.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/234817-0b2d7668/legitima-defensa-integracion-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 747/80. Arnulfo Muro Ochoa. 8 de mayo de 1980. Cinco votos. Ponente: Fernando Castellanos Tena.
Sexta Epoca, Segunda Parte:
Volumen XXVII, página 60. Amparo directo 2398/58. Juan Pineda López. 3 de septiembre de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rodolfo Chávez S.
Nota: En el Volumen XXVII, página 60 la tesis aparece bajo el rubro "LEGITIMA DEFENSA.".
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