MINISTERIO PUBLICO, CONCLUSIONES DEL, ARBITRIO JUDICIAL PARA EL EXAMEN DE PRUEBAS NO ALUDIDAS EN LAS.
Aun cuando el Ministerio Público, en sus conclusiones, no haga alusión a alguno de los testimonios rendido en autos, tal omisión no puede coartar la facultad del juzgador para examinar en su totalidad las constancias procesales, y hacerlo no implica rebasar los límites de la acusación que, en última instancia, consiste en la imputación de un tipo delictivo, apoyada en razonamientos extraídos de las constancias del proceso que reflejan la verdad histórica, cuyo análisis también es arbitrio de la autoridad jurisdiccional y no sólo prerrogativa del órgano de acusación, pues de ser así aquélla no estaría en condiciones de decidir la controversia.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/235225-ede2d3d6/ministerio-publico-conclusiones-del-arbitrio-judicial-para-el · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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