SENTENCIA PENAL. EL JUEZ PUEDE VALORAR PRUEBAS NO INCLUIDAS EN EL PLIEGO DE CONCLUSIONES MINISTERIALES.
Aun cuando el Ministerio Público, en sus conclusiones no haya hecho alusión a una prueba rendida en autos, tal omisión no puede coartar la facultad del juzgador para examinar en su totalidad las constancias procesales, y hacerlo no implica rebasar los límites de la acusación que, en última instancia, consiste en la imputación de un tipo delictivo, apoyada en razonamientos extraídos de las constancias del proceso que reflejan la verdad histórica cuyo análisis también es arbitrio de la autoridad jurisdiccional y no sólo prerrogativa del órgano de acusación, pues de ser así aquélla no estaría en condiciones de decidir la controversia.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/216066-4c1053a3/sentencia-penal-el-juez-puede-valorar-pruebas-no · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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