Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

ABANDONO DE SERVICIO, DELITO DE, NO CONFIGURADO.

Clave: — · Registro digital (IUS): 235514 · Tipo: Tesis aislada
Época: 7a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 78, Segunda Parte; Pág. 13

El párrafo primero del artículo 310 del Código de Justicia Militar dispone que "el delito de abandono de comisión o de puesto, consiste en la separación del lugar o puesto en el que conforme a disposición legal, se debe permanecer, para desempeñar las funciones del encargo recibido". Ahora bien, aun cuando el comandante de un destacamento militar no debe abandonar el lugar del servicio encomendado, por estar obligado a prestarlo, sin embargo, el segundo comandante no puede correr la misma obligación que su superior, pues aun cuando éste abandone el lugar donde forzosamente debe permanecer, el hecho de que el subalterno lo haga también, no se considera respecto a éste, abandono de servicio, pues no puede estimarse que haya dos abandonos consecutivos por parte del mismo jefe; es decir, que el que se saliera el primer comandante de la partida, obligara al otro a permanecer en el lugar, por considerarse segundo comandante, si éste acompañó a su superior.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/235514-c89ba772/abandono-de-servicio-delito-de-no-configurado · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 3465/74. Fermín Martínez Morfín. 5 de junio de 1975. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ezequiel Burguete Farrera.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis